Sociedades de Convivencia

Sociedades de Convivencia

Martha Delgado Peralta

Discutir y en su caso aprobar la iniciativa de Ley de Sociedades de Convivencia representará una verdadera prueba de pluralismo democrático, representará el reconocimiento del derecho a la diferencia y de que en una sociedad plural y democrática, las personas pueden decidir legítimamente sobre sus relaciones personales.

Debemos reconocer que hoy la pluralidad también se manifiesta en las opciones sexuales no convencionales y en diferentes formas de vida que no se encuentran precisamente guiadas conforme a la moral de la mayoría.

La iniciativa de ley de sociedades de convivencia se halla en el terreno de la defensa de los derechos de las personas y no en el de su moral particular, y por ello no se trata de una ley de uniones gay, pues la iniciativa consiste en reconocer derechos a aquellos adultos que decidan integrarse en un hogar común y derivar compromisos recíprocos de esta integración, y principalmente, no se reduce a un contrato civil sólo para personas del mismo sexo. La iniciativa pretende generar derechos sucesorios, patrimoniales y alimentarios mediante un acto jurídico en el que se exprese la voluntad de las partes a generar tales consecuencias jurídicas.

La sociedad de convivencia es una figura que no riñe con el matrimonio ni con el concubinato, es una figura que pretende dar certeza jurídica a relaciones de hecho que no están reguladas por la ley, la iniciativa de ley no regula las relaciones sexuales de las personas, pues esto corresponde a su esfera privada a la que no tenemos derecho de involucrarnos.

Debemos romper paradigmas, no rehusarnos a reconocer la realidad, al contrario, debemos reconocer que en nuestra sociedad existe una pluralidad de formas de vida familiar, que en nuestra sociedad existen cada vez más familias no convencionales que carecen de seguridad jurídica en sus relaciones y que la iniciativa atiende a una realidad que no podemos eludir.
La sociedad de convivencia no hace frente, no desafía a las familias convencionales ni pretende socavar los valores morales de los ciudadanos, la sociedad de convivencia genera certeza, reconoce derechos a situaciones de hecho, a realidades que han pasado por la invisibilidad legal.

Evitemos que se utilicen las leyes y nuestras instituciones para que ciertos grupos hagan valer sus puntos de vista morales o religiosos, la discusión de los derechos de todas las personas no debe someterse al consentimiento de la moral de un grupo de personas.

Defendamos derechos de las personas, no la moral particular de otras. No confundamos los valores morales con los principios legales e instituciones sociales.

Resulta preocupante que temas como el de sociedades de convivencia no se discutan abiertamente y sin prejuicios, cuando se trata de un tema relevante para la sociedad.

El GDF se ha manifestado en el sentido de que las leyes “polémicas” deben de ir a consultas ciudadanas, ha manifestado mandar a consulta la igualdad y la equidad, la ALDF es una soberanía y como tal su deber es dictaminar y en su caso aprobar la iniciativa de Ley de Sociedades de Convivencia, la ALDF debe hacer respetar su labor, hacer respetar los principios constitucionales de igualdad y también el de separación de poderes y no permitir que impere la poderosa y retrograda oposición a estas leyes que dan certeza a los ignorados, la equidad no puede estar a consulta, las libertades son un derecho por sobre todas las cosas.

Ante la pluralidad de formas de vida en la sociedad debe legislarse, la democracia está en el terreno de los derechos y no en el de la moral.