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Trabajo legislativo / Puntos de acuerdo Diputación Permanente. Segundo receso
La
suscrita Dip. Martha Delgado Peralta, integrante de esta Asamblea Legislativa
del Distrito Federal, Tercera Legislatura, con fundamento en lo dispuesto
por los artículos 17 fracción VI de la Ley Orgánica
de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 132 del Reglamento
para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal,
someto a la consideración de esta soberanía, la siguiente, Lo anterior en razón de los siguientes, CONSIDERANDOS PRIMERO.- Que los problemas de inequidad en el abasto de agua en la Ciudad de México se hacen cada día más evidentes, ya que mientras que en el poniente de la ciudad se registran dotaciones de agua potable de hasta 350/lt/hab/día, en el oriente, en particular en la Sierra de Santa Catarina en la Delegación Iztapalapa, dicha dotación apenas supera los 150 lt/hab/día, situación que debiera ser tomada en cuenta de manera prioritaria para resolver los problemas de ordenamiento urbano. SEGUNDO.- Que en los últimos treinta años, la Delegación Iztapalapa ha alojado el 83.7% del crecimiento del Distrito Federal, agotando prácticamente su reserva de suelo urbanizable. La población inmigrante se ha asentado en su mayoría al sur oriente de la Delegación, es decir, en las faldas de la Sierra de Santa Catarina, ocupando terrenos sin vocación para usos urbanos. TERCERO.- Que de lo anteriormente expuesto destaca el hecho de que Iztapalapa ha sido la principal reserva territorial para el crecimiento urbano del Distrito Federal y que ha cumplido una importante función en la redistribución de la población, alojando una proporción muy significativa de la construcción de nueva vivienda. CUARTO.- Que aunque no cabe duda de que la problemática en materia de agua que nuestra ciudad enfrenta hoy en día encuentra su razón en un patrón histórico de insustentabilidad en el uso y aprovechamiento del recurso, a esto se suma el crecimiento poblacional desmedido en zonas de la ciudad que presentan situaciones críticas de escasez y mala calidad del agua, como es el caso de la Delegación Iztapalapa. QUINTO.- Que la problemática del agua en Iztapalapa no se reduce a la escasez y falta de abastecimiento, sino que la sobreexplotación del acuífero ha incrementado los riesgos por los hundimientos que afectan las construcciones y que provocan cambios de pendiente y rotura de tuberías que ocasionan importantes pérdidas de agua por fugas y afectaciones en el drenaje que dan lugar a la contaminación de las aguas subterráneas y a inundaciones. SEXTO.- Que es indiscutible que el gobierno de la ciudad no sólo ha mostrado preocupación ante la situación descrita, sino que dentro de los lineamientos de la política habitacional del Distrito Federal, y en concreto dentro del Bando Número Dos emitido por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal el 7 de diciembre de 2000, se contemplan acciones relevantes a efecto de mitigar la situación tales como: - Restringir el crecimiento de la mancha urbana hacia las Delegaciones Alvaro Obregón, Coyoacán, Cuajimalpa de Morelos, Iztapalapa, Magdalena Contreras, Milpa Alta, Tláhuac, Tlalpan y Xochimilco. - Restringir la construcción de unidades habitacionales y desarrollos comerciales que demanden un gran consumo de agua e infraestructura urbana, en perjuicio de los habitantes de la zona y de los intereses generales de la ciudad. SÉPTIMO.- Que el 17 de enero de 2001, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, expidió un acuerdo mediante el cual, el Gobierno del Distrito Federal se compromete a otorgar 15 mil créditos para la ampliación y/o construcción de vivienda en lotes familiares ubicados en diversas delegaciones de la ciudad, incluyendo la Delegación Iztapalapa. OCTAVO.- Que si bien es cierto que el acuerdo mencionado en el considerando anterior representa una importante línea de acción en lo que se refiere a la atención de la población de escasos recursos económicos en el Distrito Federal, en el marco del Programa General de Desarrollo del Distrito Federal, también lo es que dicho acuerdo supone un aumento en la densidad de la población dentro de la Delegación Iztapalapa, lo que acentúa la crisis de escasez de agua que enfrenta la demarcación e imposibilita el ejercicio de la obligación del gobierno de garantizar el derecho de toda persona que habite en el Distrito Federal a tener acceso suficiente, seguro e higiénico de agua disponible para su uso personal y doméstico, según lo señala el artículo 5º de la Ley de Aguas del Distrito Federal. NOVENO.- Que el 7 de febrero de ese mismo año, el Jefe de Gobierno señaló la puesta en marcha de distintas acciones no programadas territorialmente entre las que destaca “el suministro de agua a Iztapalapa” mediante el Acuerdo número 6. DÉCIMO.- Que tomando en cuenta que la calidad de la vivienda es determinante para medir el desarrollo social, pero que esto no sólo comprende el número de habitantes promedio por vivienda o simplemente el tener acceso a ella, sino también el tipo de servicios básicos que reciben los habitantes entre los que se encuentra el de agua potable, cabe destacar que la autorización de la construcción de un importante número de desarrollos inmobiliarios corre el riesgo de traducirse, en el corto plazo, en una distribución de agua absolutamente ineficiente para las colonias comprendidas dentro de la Delegación Iztapalapa ocasionando graves efectos en la salud y en la calidad de vida de la población. DÉCIMO PRIMERO.- Que ante la grave situación que se describe y ante el hecho de que la expedición del Bando Dos tiene como sustento innegable que el agua en la ciudad es insuficiente, se hace indispensable replantear la política de vivienda, definir dónde y cómo se puede construir para satisfacer la demanda de 30 mil viviendas al año en la Ciudad de México, tomando en cuenta las necesidades básicas de la población entre las que se encuentra el acceso al agua potable. DÉCIMO SEGUNDO.- Que el Instituto de Vivienda del Distrito Federal es un organismo público descentralizado de la administración pública del Distrito Federal, cuyo propósito es diseñar, establecer, proponer, promover, coordinar, ejecutar y evaluar las políticas y programas de vivienda enfocados principalmente a la atención de la población de escasos recursos económicos en el Distrito Federal, en el marco del Programa General de Desarrollo del Distrito Federal, de la Ley de Vivienda del Distrito Federal y de los programas que se deriven. DÉCIMO TERCERO.- Que una de las principales acciones que deben ser puestas en marcha para lograr el objetivo del Bando Dos y del Acuerdo número 6, es la suspensión de los créditos para construcción de nueva vivienda en la Delegación Iztapalapa otorgados por el Instituto de Vivienda del Distrito Federal, a efecto de impedir que el área urbana siga creciendo dentro de dicha demarcación, por tratarse de una de las zonas más afectadas por la escasez y mala calidad del agua. Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración del Pleno de esta H. Asamblea Legislativa del Distrito Federal el siguiente: PUNTO DE ACUERDO: UNICO.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal exhorta al Instituto de Vivienda del Distrito Federal a que suspenda el otorgamiento de créditos para construcción de nueva vivienda en la Delegación Iztapalapa. Dado en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a los 11 días del mes de mayo de 2005.
* Turnado a la Comisión de Vivienda |
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