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Trabajo legislativo / Iniciativas Iniciativa de decreto por el que se reforman los artículos 139 y 140 de la Ley Ambiental del Distrito Federal En el Distrito Federal no se aplican verificaciones de emisión de contaminantes en motocicletas en virtud de que los procedimientos de prueba presentan varios errores que hacen a las Normas Oficiales Mexicanas inaplicables, lo que hace evidente que la falta de una Norma Oficial Mexicana aplicable correctamente a la verificación de emisión de contaminantes de motocicletas, por una parte, que la razón esencial del Programa de Verificación, en lo que respecta a las motocicletas, quede anulada al no contarse con los elementos indispensables para cumplir con los objetivos de garantizar que la calidad del aire sea satisfactoria en el Distrito Federal y que las emisiones de todo tipo de contaminantes a la atmósfera sean reducidas y controladas, y por la otra, que en la actualidad en el Distrito Federal se aplique un Programa que no encuentra sustento Normativo y con ello se coloque a los propietarios o usuarios de motocicletas en un estado de inequidad frente a los propietarios o usuarios automóviles. La inequidad consiste en que los propietarios o usuarios de motocicletas realizan un pago por verificar sus unidades y recibir a cambio un holograma, y con ello cumplir con lo establecido con los artículos 139 y 140 de la Ley Ambiental, sin embargo, dicho pago, además de ser igual al que realizan los automóviles, es tan solo un trámite inequitativo pues en la realidad no se les realiza la verificación de emisión de contaminantes. Ante ello, la Diputada Martha Delgado propuso que estas dos disposiciones no sean aplicables hasta en tanto se expida la Normatividad Oficial Mexicana aplicable precisamente a la verificación de emisiones contaminantes de motocicletas y una vez expedidas, la Secretaría establezca una tarifa equitativa por concepto de verificación y un holograma específico por la verificación de motocicletas, pues con estos tres requisitos se resuelve en forma legal y equitativa las condiciones hasta ahora injustas a las que están sujetos los propietarios o usuarios de motocicletas. La iniciativa fue aprobada en sesión del pleno de la Asamblea Legislativa de fecha 27 de abril, mediante la aprobación de la adición de un artículo Tercero Transitorio de la Ley Ambiental del Distrito Federal que quedó como sigue: "Se exceptúan de la aplicación a que se refieren los artículos 139 y 140 las motocicletas en circulación matriculadas en el Distrito Federal, hasta en tanto se expida la Normatividad Oficial Mexicana aplicable precisamente a la verificación de emisiones contaminantes de motocicletas y una vez expedidas, la Secretaría deberá establecer una tarifa equitativa por concepto de verificación y un holograma específico por la verificación de motocicletas". |
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